miércoles, 12 de mayo de 2010

Resolución Nº 043-2010-EF/94 Nueva versión del Plan Contable General Empresarial

El día de hoy se acaba de aprobar una versión modificada del Plan Contable General Empresarial mediante Resolución Nº 043-2010-EF/94 cuya vigencia será a partir del 01 de enero del 2011, con aplicación optativa en el presente 2010.

http://cpn.mef.gob.pe/cpn/VERSION_MODIFICADA_PCG_EMPRESARIAL.pdf

domingo, 21 de marzo de 2010

RTF 2009. Problemas informáticos en sistema SOL no pueden perjudicar a contribuyentes

Resolución del Tribunal Fiscal Nº 00498-2-2009 (20-01-2009)

En el presente caso materia de apelación, el contribuyente argumentó ante la Administración Tribuaria y posteriormente al Tribunal Fiscal, que la no presentación de un PDT se produjo por causas imputables a la Administración debido a problemas en su sistema informático, y como consecuencia de ello presentó una queja ante dicha entidad.

El Tribunal solicitó que SUNAT informe si en la fecha indicada por el contribuyente el sistema SOL presentó algún desperfecto que imposibilitara la presentación de los PDT sin embargo SUNAT no cumplió con remitir el informe requerido por el Tribunal.

El contribuyente presentó como elemento probatorio el detalle de la queja presentada ese mismo día a SUNAT en la cual refiere el problema informático: "...me he pasado horas en cabinas de Internet para poder presentar mi declaración".

El Tribunal resuelve precisando que la Administración con su omisión no ha desvirtuado lo afirmado por el contribuyente a pesarq ue fue requerido expresamente para ello, procediendo revocar la resolución materia de apelación.

Las novedades comentadas siempre antes en:

sábado, 20 de marzo de 2010

Comparabilidad entre transferencia de bienes RTF Jurisprudencia del Tribunal Fiscal

En la Resolución Nº 01253-4-2005, de fecha 25 de febrero del 2005, el Tribunal Fiscal precisa que si una empresa transfiere bienes a los consumidores finales, el valor del bien incluye el costo de fabricación del producto, así como los gastos por concepto de investigación de mercados, publicidad, transporte, servicios de ventas, entre otros.
Si la transferencia de los bienes se realiza entre empresas fabricantes, el valor de transferencia excluirá los gastos de publicidad, gastos de investigación de mercados, entre otros.

viernes, 19 de marzo de 2010

RTF Tribunal Fiscal precisa cuando surten efectos las declaraciones determinativas rectificatorias RTF 14157-3-2008

Mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº 14157-3-2008, de fecha 19 de diciembre del 2008 se declaró como precedente de observancia obligatoria lo siguiente:
El plazo de sesenta días previsto por el artículo 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 953, es aplicable cuando la Administración Tributaria deba verificar una segunda declaración jurada rectificatoria que reduce el monto de la deuda tributaria, presentada en un procedimiento de fiscalización o verificación en curso, luego de haberse presentado en él, una primera declaración jurada rectificatoria que la incrementó y sobre cuya base, la Administración emitió la correspondiente orden de pago”.

jueves, 18 de marzo de 2010

RTF Licencia de Funcionamiento Prescripción

El Tribunal Fiscal mediante RTF Nº 00306-7-2009, de fecha 13 de enero del 2009, reitera lo indicado en las Resoluciones Nº 11241-7-2007 (23 de noviembre del 2007) y Nº 01741-7-2008 (12 de febrero del 2008), respecto a que la Licencia de Funcionamiento es un tributo que sólo puede ser determinado por la Administración, por lo que es aplicable el plazo de prescripción de cuatro (4) años establecido por el artículo 43ª del Código Tributario, el cual comenzó a computarse a partir del 01 de enero del año 1998, y de no producirse causales de interrupción y/o suspensión, culminaría a los cuatro (4) años.

jueves, 18 de febrero de 2010

RTF de observancia obligatoria 2010 suspensión de ejecución coactiva

El día de hoy se acaba de publicar la resolución del Tribunal Fiscal Nº 04455-3-2010 que señala el siguiente precedente de observancia obligatoria:

“La presentación de la demanda de revisión judicial ante un juez o una sala no competente suspende automáticamente la tramitación del procedimiento de ejecución coactiva y por consiguiente, corresponde levantar las medidas cautelares que se hubieren trabado. En tal caso el Tribunal Fiscal no podrá pronunciarse sobre las quejas que se encuentren referidas a la legalidad de dicho procedimiento, debiendo inhibirse de su conocimiento”.

http://tribunal.mef.gob.pe/Tribunal_Fiscal/PDFS/ROO/2010_3_01455.pdf

miércoles, 20 de enero de 2010

RTF sobre Notas de Crédito

El Tribunal Fiscal mediante Resolución Nº 04211-1-2007 de fecha 15 de mayo del 2007 refiere:
“... la emisión de notas de crédito y la consiguiente anulación total o parcial del comprobante de pago previamente emitido, opera por descuentos o bonificaciones obtenidos posteriores a la emisión de los mismos, por devolución de bienes o de la retribución del servicio no realizado, por haberse consignado en exceso el impuesto bruto, o por haberse omitido consignar separadamente éste último en el comprobante, supuestos éstos últimos que dan contenido a la opción “otros” del Reglamento de Comprobantes de Pago”.